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¿Qué es un informe forense?

Nuestra relación inicial con la palabra forense habitualmente nos viene del mundo del cine o de la literatura. Suele asociarse al médico forense, quien entra en escena para investigar una muerte. De ahí que lo de psicólogo forense pueda resultar a algunas personas ajenas a este entorno un tanto sorprendente.

Se nombra informe forense o informe pericial porque pericial hace referencia a un perito, es decir, aquel que tiene conocimientos y habilidad en un determinado campo. Existiendo una gran diversidad de profesiones donde un peritaje puede tener sentido. Como cuando tenemos un siniestro con el coche, lo llevamos al taller y la aseguradora envía a su perito.

Los peritajes psicológicos se dan en el ámbito judicial. Siendo una herramienta importante al proporcionar al juez una visión sobre temas que directamente no son de su competencia pero cuya información le resulta de gran interés para la resolución de su trabajo.

En numerosas ocasiones un abogado puede considerar útil que su cliente aporte un informe pericial como parte de su estrategia de trabajo. Con el fin de presentarlo ante el juez como medio de prueba al aportar una valoración experta. En tal caso, el abogado puede recomendar un psicólogo forense o bien este puede ser buscado directamente por el interesado. Tanto en los casos en que la valoración forense sea solicitada directamente por el juez, abogado, o por la/s persona/s interesada/s éste debe de hacerse de modo neutral.

En la práctica es habitual que se solicite un informe pericial de parte, es decir, no es solicitado directamente por el juez sino por una de las partes implicadas en el conflicto judicializado – por ejemplo: en caso de divorcio uno de los padres quiere aportar un informe al juez para que este pueda determinar con mejor conocimiento de causa sobre cuestiones de custodia de sus hijos.

Los casos donde una valoración psicológica forense puede tener cabida es diversa, dándose en ámbitos del derecho civil, penal, laboral o contencioso administrativo.

El ámbito civil suele ser uno de los más demandados en casos relacionados con el esfera familiar. Como son guarda y custodia de los menores, régimen de visitas, adopción, tutela, consecuencias psicológicas de la separación o el divorcio, nulidad de matrimonios o privación de la patria potestad.

Otro ámbito de gran relevancia es en lo penal. Donde se valoran aspectos que pueden ser relevantes tanto para aquel que cometió el delito como para las víctimas de mismo. Por ejemplo, para valorar qué nivel de voluntad y conocimiento había en el momento en que se cometió el delito, es decir, la imputabilidad. Puede solicitarse la intervención de un psicólogo forense para valorar validez del testimonio, credibilidad en los relatos de abusos sexuales de menores, trastornos psicológicos que pudiesen haber afectado a la consecución del delito o como daños o secuelas en víctimas de ellos, entre otros.

La intervención forense puede servir para detectar simulaciones, estrés laboral, acoso psicológico y /o moral, incapacidad psicológica laboral, secuelas psicológicas de accidentes laborales o minusvalías.

No hay que confundir la intervención de un psicólogo forense con un psicólogo del ámbito clínico. El primero es convocado a un lugar de valorar neutralmente aspectos como los anteriormente comentados, dar cuenta de ellos en un informe y si el juez lo requiriese acudir al juicio para clarificar en lo que se le demande este informe. Por tanto, el objeto de la valoración y lo que tiene sentido hacer constar en ese informe está limitado. Otra cosa es que una situación judicializada en sí misma pueda partir de un contexto que puede ser muy sufriente para alguien, por los acontecimientos o por la propia judicialización de ello y lo que se necesite es ayuda clínica. Una atención psicológica que venga a intervenir de un modo que no repercute en lo judicial directamente, si bien, las personas afectadas se podrían beneficiar mucho de ello, por ejemplo al clarificar para ellos mismos su lugar en el proceso y sus modos de encauzarlo.

Si ésta se diera el psicólogo podría aportar un informe si es solicitado, pero este informe es de ámbito clínico y no forense. Es más, no se considera pertinente encargar, ni que éste realice, una valoración forense al mismo psicólogo que te está atendiendo clínicamente. Especialmente porque la vinculación que se da entre un profesional y otro es muy distinta, tal y como requiere cada ejercicio profesional.

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